La confusión entre el uso cinegético y deportivo de ciertas armas de fuego ha sido durante años fuente de controversia entre cazadores y tiradores. La Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE), dependiente de la Guardia Civil, ha emitido un extenso informe en el que responde con claridad a una de las dudas más frecuentes: ¿es legal utilizar un rifle de caza mayor en una competición deportiva? ¿Y puede emplearse un arma de competición para salir al monte?

Lejos de lo que muchos podrían pensar, la normativa no permite un uso cruzado entre estas dos finalidades, incluso cuando se trata de la misma arma en términos técnicos. El documento al que ha tenido acceso Jara y Sedal aclara con rotundidad que la licencia D, destinada a armas largas rayadas para caza mayor, no autoriza su uso en actividades deportivas, y lo mismo sucede a la inversa con la licencia F, que ampara exclusivamente el uso en competiciones.

Caza y tiro deportivo: muros infranqueables

El Reglamento de Armas español establece una clara diferenciación entre licencias en función del uso previsto del arma. De este modo, la licencia D solo permite la tenencia y uso de rifles para caza mayor, mientras que la licencia F se reserva para actividades deportivas, como competiciones de tiro en galerías o campos autorizados.

En palabras del propio informe, «la licencia D sólo ampara armas largas rayadas para caza mayor, por lo que no puede permitirse la actividad deportiva para esta categoría de armas», remarcando que su finalidad exclusiva es la caza mayor. Del mismo modo, un rifle guiado con licencia F, aunque técnicamente idéntico al de caza, no puede emplearse en actividades cinegéticas.

Cazador con su rifle.
Los rifles guiados con la licencia D solo podrán utilizarse para cazar. © Israel Hernández

Guías de pertenencia: finalidad condicionante

El criterio que rige todo el sistema legal de tenencia y uso de armas en España es la finalidad del arma, y a ello se vincula tanto la licencia como la guía de pertenencia. Es decir, un rifle puede ser idéntico en calibre y modelo, pero su uso estará limitado por el tipo de licencia y guía que lo ampare.

Por ejemplo, si un cazador posee un rifle de categoría 2ª.2 con licencia D, podrá usarlo únicamente para caza. Si ese mismo rifle está guiado como arma de concurso con licencia F, no podrá ser empleado para cazar, ni siquiera en periodo hábil. El informe es tajante: «No se podrá cazar con ellas, aun cuando se trate de las mismas armas».

Fraude de ley y sanciones posibles

El documento alerta además de una posible picaresca legal: solicitar una licencia de caza con el propósito de emplear el arma en competiciones deportivas. El ICAE advierte de que esta práctica podría considerarse fraude de ley, al implicar una «actuación aparentemente lícita que en realidad persigue evitar la aplicación de la norma establecida para la ocasión», lo cual está prohibido por el artículo 6.4 del Código Civil.

Esto implica que quien desee practicar el tiro deportivo debe acogerse a los exigentes requisitos de la licencia F, y no intentar sortearlos con una licencia de caza. La diferencia es relevante no solo en cuanto a las condiciones de obtención, sino también por el número de armas permitidas y las exigencias de renovación.

¿Y si el arma sirve para ambas cosas?

Muchos aficionados al tiro y la caza consideran que ciertas armas pueden servir para ambas actividades, y técnicamente es cierto. Sin embargo, el Reglamento de Armas no permite que una misma arma sea utilizada indistintamente en función del día, como aclara el informe. Solo puede emplearse para la actividad prevista en la licencia bajo la que esté guiada.

Así, queda descartada la posibilidad de competir con rifles de caza mayor amparados por licencia D, o salir al campo con rifles de competición amparados por licencia F. El control del destino y uso del arma es absoluto, y la guía de pertenencia lo determina de forma inapelable.

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